Conflictos de intereses

AHRIE (Applied Health Research, Innovation & Education) exige la identificación, declaración y gestión transparente de cualquier conflicto de intereses que pueda influir, o ser percibido como capaz de influir, en la investigación, redacción, revisión, decisión editorial o publicación de un manuscrito.

La existencia de un conflicto de intereses no implica necesariamente una conducta inapropiada ni impide automáticamente la publicación. Sin embargo, su declaración permite que el equipo editorial y las personas lectoras evalúen el trabajo de manera informada y protege la transparencia e integridad del proceso científico.

¿Qué es un conflicto de intereses?

Existe un conflicto de intereses cuando una relación, actividad, compromiso o interés personal, profesional, académico, institucional, intelectual o financiero puede afectar, o aparentar afectar, la objetividad, independencia o juicio de una persona durante el proceso editorial.

Los conflictos pueden ser reales, potenciales o percibidos, y pueden estar relacionados, entre otros, con:

• empleo, consultorías, honorarios, asesorías o participación en comités;

• subvenciones, contratos, financiamiento o apoyo material;

• propiedad de acciones, intereses comerciales o beneficios económicos;

• patentes, solicitudes de patente, licencias, regalías o propiedad intelectual;

• relaciones personales, familiares o profesionales;

• rivalidades, colaboraciones o desacuerdos académicos;

• afiliaciones institucionales o participación en organizaciones con interés en el tema;

• posiciones públicas, convicciones intelectuales o compromisos que puedan afectar la interpretación del trabajo;

• cualquier otra circunstancia que una persona razonable pudiera considerar relevante para valorar la independencia del proceso.

Responsabilidades de los autores

Todos los autores deberán presentar una declaración de conflictos de intereses, incluso cuando consideren que no existe ninguno.

La declaración deberá abarcar las relaciones y actividades que puedan vincularse razonablemente con el contenido del manuscrito. En caso de duda, se recomienda declarar la circunstancia y permitir que el equipo editorial determine su relevancia.

Los autores también deberán informar:

• todas las fuentes de financiamiento y apoyo recibido para la investigación o preparación del manuscrito;

• el nombre de las instituciones o entidades financiadoras;

• el papel desempeñado por los financiadores en el diseño del estudio, recopilación, análisis e interpretación de los datos, redacción del manuscrito y decisión de enviarlo para publicación;

• cualquier patente, solicitud de patente, licencia o derecho de propiedad intelectual relacionado con el trabajo;

• cualquier relación o actividad que pueda ser interpretada como influencia sobre el estudio.

Cuando no existan conflictos de intereses, los autores deberán incluir una declaración equivalente a:

“Los autores declaran que no existen conflictos de intereses relacionados con este trabajo.”

Cuando existan, deberán describirse de forma clara y específica. Por ejemplo:

“[Nombre del autor] declara haber recibido [tipo de relación o apoyo] de [entidad]. Los demás autores declaran no tener conflictos de intereses relacionados con este trabajo.”

La declaración podrá solicitarse durante el envío, la evaluación y antes de la publicación. Los autores deberán actualizarla si surge una nueva relación o circunstancia durante el proceso editorial.

Financiamiento y papel de los patrocinadores

La recepción de financiamiento no determina por sí misma la existencia de una conducta inapropiada, pero deberá comunicarse de manera transparente.

Los autores deberán indicar si la entidad financiadora participó en:

• el diseño o planificación del estudio;

• la recopilación, gestión, análisis o interpretación de los datos;

• la preparación, revisión o aprobación del manuscrito;

• la decisión de enviar el trabajo para publicación.

Cuando el financiador no haya intervenido en estas actividades, también deberá indicarse expresamente.

Responsabilidades de los revisores

Las personas invitadas a revisar un manuscrito deberán declarar cualquier conflicto de intereses real, potencial o percibido antes de aceptar la revisión.

Deberán rechazar la invitación cuando una relación personal, profesional, académica, institucional, intelectual o financiera pueda afectar, o aparentar afectar, su objetividad.

Entre las circunstancias que deben declararse se encuentran:

• colaboración reciente o actual con alguno de los autores;

• relación de tutoría, supervisión, subordinación o dependencia profesional;

• pertenencia a la misma institución, departamento, grupo o proyecto cuando pueda comprometer la independencia;

• competencia académica directa o desacuerdos personales relevantes;

• participación financiera o intelectual en los resultados del manuscrito;

• cualquier relación que pudiera beneficiarse o perjudicarse por la publicación del trabajo.

Si el conflicto se descubre después de aceptar la revisión, deberá comunicarse inmediatamente al editor y suspenderse la evaluación hasta recibir instrucciones.

Responsabilidades de los editores

Los editores deberán declarar cualquier conflicto de intereses relacionado con los manuscritos que gestionen y abstenerse de participar cuando su independencia pueda verse comprometida.

El manuscrito será reasignado a otro editor independiente cuando:

• el editor figure como autor o colaborador;

• exista una relación personal, profesional, académica o financiera relevante con los autores;

• el editor pertenezca al mismo grupo de investigación o mantenga colaboración estrecha con los autores;

• exista cualquier otra circunstancia que pueda afectar o aparentar afectar la imparcialidad de la decisión.

Los manuscritos presentados por integrantes del equipo editorial, comité científico, personal de la revista o entidad editora serán sometidos a los mismos requisitos y gestionados por una persona independiente sin conflicto de intereses.

Responsabilidades de la entidad editora

La Empresa de Capacitación Internacional ECI S.C., como entidad editora de AHRIE, respetará la independencia del equipo editorial. Los intereses comerciales, publicitarios, institucionales o financieros no determinarán la aceptación, rechazo o tratamiento de los manuscritos.

La publicidad, patrocinio o apoyo externo, si existieran, deberán mantenerse separados de las decisiones editoriales.

Publicación de las declaraciones

Las declaraciones de conflictos de intereses y de financiamiento formarán parte del artículo publicado cuando corresponda. El equipo editorial podrá solicitar aclaraciones o información adicional antes de adoptar una decisión.

La publicación de una declaración no implica que AHRIE considere que existe parcialidad o conducta inapropiada; constituye una medida de transparencia.

Conflictos no declarados

Cuando se identifique un posible conflicto de intereses no declarado, AHRIE solicitará una explicación a las personas involucradas y evaluará su naturaleza, relevancia e impacto sobre el proceso editorial o el artículo.

Dependiendo del momento y la gravedad de la situación, la revista podrá:

• suspender temporalmente la evaluación;

• reasignar el manuscrito a otro editor o revisor;

• solicitar la actualización de la declaración;

• rechazar el manuscrito cuando exista ocultamiento intencional o afectación grave del proceso;

• publicar una corrección o declaración adicional;

• emitir una expresión de preocupación o retractación cuando corresponda;

• comunicar el caso a la institución u organismo competente en situaciones graves.

Las medidas se adoptarán de manera proporcional, imparcial y respetando el derecho de las personas involucradas a presentar explicaciones y evidencias.

Actualización de la declaración

Los autores, revisores y editores deberán comunicar cualquier cambio relevante que ocurra durante el proceso editorial. La obligación de transparencia continúa después de la publicación cuando una circunstancia no declarada pueda afectar la interpretación o credibilidad del artículo.